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Registro Civil Edo. Méx. JURÍDICO
Acuerdos de Aclaración y/o Complementación
información INICIAL
Para conocer si se necesita tramitar un acuerdo de aclaración y/o complementación se debe acudir a la Oficialía del Registro Civil más cercana para recibir información por parte del oficial.
También se puede acudir a una Oficina Regional (13 en todo el Estado), a una Subdirección (4 en todo el Estado) o al Departamento Jurídico de la Dirección General.
¿Dónde se tramitan los acuerdos de aclaración y/O complementación?
Los acuerdos de aclaración y/o complementación se realizan en cualquiera de las Oficinas Regionales, Subdirecciones o en el Departamento Jurídico de la Dirección General.
Esta información es referente al trámite del acuerdo de aclaración y/o complementación en el Departamento Jurídico, por lo que no se lleva el mismo procedimiento en las demás unidades administrativas.
documentos
Para saber si es procedente un acuerdo de aclaración y/o complementación se necesitan varios documentos.
Lo primero es tener una copia del acta de Oficialía y una copia del acta de Archivo.
¿NO ES LO MISMO EL ACTA DE OFICIALÍA Y LA DE ARCHIVO?
Existen dos ejemplares de cada acta que elabora el Registro Civil, una se queda en la Oficialía y otra se va al Archivo.
Se necesita analizar ambas actas.
Acude a la Oficialía donde se realizó el acta.
Solicita una COPIA FIEL DE LIBRO PARA ACUERDO.
Acude a la Oficina Regional donde se encuentra el Archivo del acta.
Solicita una COPIA FIEL DE LIBRO PARA ACUERDO.
Requisitos
Selecciona cada imagen para más información.
Los requisitos para realizar el acuerdo dependen del acta y de lo que se deba aclarar y/o complementar.
departamento jurídico
En el Departamento Jurídico son los abogados dictaminadores quienes pueden analizar la procedencia del trámite e indicar todos los requisitos que se necesitan.
Únicamente se pueden realizar acuerdos en actas del Estado de México.
Si el acta es de otra entidad federativa se debe contactar con el Registro Civil que la emitió.
¿Quién puede tramitar el acuerdo?
Si se requiere aclarar y/o complementar un acta de nacimiento debe acudir personalmente el interesado, si no es posible, puede acudir un familiar u otra persona autorizada con carta poder.
Si se requiere aclarar y/o complementar un acta de matrimonio deben acudir personalmente ambos contrayentes.
Con fundamento en el artículo 104, fracción VI del Código Financiero del Estado de México y Municipios
En 2024, el costo del acuerdo es de $150.00.
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toda la atención es con cita
En el Departamento Jurídico se atienden solicitudes de todo el Estado de México, para poder analizar el trámite es necesario agendar una cita y presentarse con los requisitos (antes mencionados).
Para agendar cita enviar un mensaje por medio de WhatsApp al número:
7296210900
Se responde con una liga para ingresar a un formulario, donde se debe seleccionar día y hora para la cita.
Toda atención es con cita, agendada en día y hora disponible.
¿Qué sigue del acuerdo?
El Departamento Jurídico no entrega ningún acta, solo realiza el acuerdo.
El acuerdo de aclaración y/o complementación debe llevarse a la Oficialía donde se registró el acta.
El oficial es el encargado de complementar el acta, según lo que se le indica en el acuerdo. Si no se concluye el trámite el acta seguirá igual.
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